miércoles, 16 de marzo de 2011

ORGANIZACION DE LA CAN (PARTE I)

ARTICULO 4.- (Estructura Orgánica)

La Comisión Agraria Nacional tiene la siguiente estructura orgánica:

a) Plenaria, como órgano de deliberación y decisión;

b) Presidencia, como órgano de representación y dirección; y

c) Secretaría Permanente, como órgano de apoyo administrativo.

ARTICULO 5.- (Plenaria)

La Plenaria de la Comisión Agraria Nacional tiene las atribuciones conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 1715.

ARTICULO 6.- (Presidencia)

I. La Presidencia de la Comisión Agraria Nacional es ejercida por el Ministro de Desarrollo Sostenible y Planificación o por su suplente.

II. El Presidente de la Comisión Agraria Nacional tiene las siguientes funciones:

a) Representar a la Comisión;

b) Convocar a sesiones de la Comisión, obligatoriamente, cuando lo exija disposición expresa y, en cualquier tiempo, a propia iniciativa o solicitud de por lo menos tres (3) de sus Comisionados, y disponer su notificación;

c) Presidir las sesiones de la Comisión, con facultades para:
c.1) Disponer que el Secretario Permanente dé cuenta de los asuntos consignados en el orden del día;

c.2) Dirigir las deliberaciones de conformidad con el reglamento interno de la Comisión disponiendo cuartos intermedios cuando lo considere oportuno;

c.3) Llamar a los Representantes a la cuestión y al orden;

c.4) Proponer a la Plenaria la suspensión de la sesión por desorden y levantar la sesión si, reanudada, el desorden se reproduce; y

c.5) Proponer votaciones cuando corresponda y proclamar sus resultados;

d) Poner en conocimiento del Presidente de la República los informes de posiciones cuando no se adopten decisiones;

e) Suscribir actas de sesiones de la Comisión;

f) Elaborar y presentar para aprobación de la Comisión su presupuesto anual y, una vez aprobado, remitirlo al Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación para su procesamiento;

g) Administrar el presupuesto de la Comisión;

h) Proponer a la Comisión su programa anual de operaciones, previo informe de la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Reforma Agraria;

i) Presentar informes anuales de actividades a la Comisión;

j) Extender credenciales a los representantes de los Comisionados; y

k) Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan el funcionamiento de la Comisión y ejercer las funciones que en ellas se le asignen.

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