viernes, 8 de abril de 2011

MANEJO DE CONFLICTOS.

En caso de identificarse conflictos sobre la propiedad agraria entre la TCO. y sus colindantes, su tratamiento y resolución debe ser considerado por un Equipo Interinstitucional de Manejo de Conflictos especializado, que se conformara para este fin con representantes de:

• El Instituto Nacional de Reforma Agraria;
• La entidad estatal competente en Asuntos Indígenas
• La Organización matriz con representación en la Comisión Agraria Nacional
• Del Pueblo Indígena Originario en Conflicto
• De los colindantes

Su conformación, no limita la intervención individual de llevar a cabo audiencias de conciliación en los casos que sean necesarias conforme lo establecido por los Arts.468 al 473.

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