jueves, 9 de mayo de 2013

Que garantía otorga el control social dispuesto en el art. 8 del Decreto Supremo 29215 de 02 de Agosto de 2007.

La participación activa de personas representantes de organizaciones sociales o sectoriales con personalidad jurídica, apersonadas y acreditadas, en cualquier fase del procedimiento, proceder a la firma de formularios y actas de carácter público y hacer constar sus observaciones, el derecho a acceder a información, orientación legal y técnica de las instituciones del Servicio Nacional de Reforma Agraria y de otras entidades públicas que consideren pertinentes vinculadas con la temática agraria.

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