miércoles, 20 de marzo de 2013

CONVERSION DE PROPIEDADES COMUNARIAS SANEADAS A TCO’S - IV

4 RESOLUCIÓN. 
Con base en los antecedentes recabados, el Director Nacional del INRA o el Presidente de la Republica conjuntamente la máxima autoridad del MDRAYMA dictará Resolución conforme lo dispuesto por el Art. 380, encomendando su ejecución al responsable de la Unidad de Certificaciones y Titulación del INRA, quien colocará sellos dejando sin efecto las copias de Titulo(s) Ejecutorial(es) que cursan en la institución. Asimismo, dispondrá se oficio al Registrador de Derechos Reales de la jurisdicción que corresponda para que tenga conocimiento y disponga la cancelación de partidas de los Títulos Ejecutoriales dejados sin efecto

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