domingo, 3 de marzo de 2013

PROCEDIMIENTO DE LA ETAPA PREPARATORIA


Comprende las siguientes actividades:

2.1      DIAGNOSTICO.

Cumpliendo los requisitos exigidos por el Art. 292; esta actividad tiene por finalidad elaborar un diagnostico a detalle del área a sanear, empleando todos los instrumentos y medios de trabajo que faciliten el ingreso de la brigada, garantizando su posterior ejecución de saneamiento, tomando en cuenta los antecedentes, la identificación del área de trabajo, la identificación de beneficiarios y beneficiarias en expedientes anteriores, llegando a elaborar Informes Técnico Legal en los cuales se tomarán en cuenta los aspectos diagnosticados incluyendo sugerencias para la etapa de campo.

2.2      PLANIFICACIÓN.

Es el esquema o proceso que nos permite ordenar las acciones a tomar. El objetivo de la planificación conforme establece el Art. 293, es organizar y programar los trabajos correspondientes a la actividad de levantamiento de información en campo, en el cual se detalla la organización, coordinación, dirección, presupuesto, personal, equipo, material, tiempo y el control de todas las etapas y otras actividades relacionadas, para lo cual necesariamente se tendrá que contar con la participación de los demandantes, colindantes (hombres y/o mujeres) y otras organizaciones sociales y sectoriales del área objeto de saneamiento de ser necesarios. Pudiendo conformarse un comité de saneamiento para esta actividad.

2.3      RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCEDIMIENTO.

De conformidad al Art. 294, esta actividad lo realizara la brigada ejecutora en coordinación con la unidad correspondiente y la Dirección Departamental, cumpliendo con las formalidades  exigidas en el artículo. Incluyendo en la intimación a propietarios y/o propietarias, beneficiarios y/o beneficiarias, poseedores y/o poseedoras 

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