saneamiento, durante la vigencia de Pericias de Campo o término de la
Resolución Instructoria, como presunción de falta de posesión o residencia
en el predio; mediante la Ficha Catastral. Igualmente constatar la falta de
trabajo, actividad productiva u otra actividad diversa en el predio.
Ø Elaboración del informe de campo, que consigne la falta de actividad
productiva en el predio, haciendo uso de las fotos satelitales y de la
información recogida in situ. Este informe, debe contener
Ø Superficie total del predio.
Ø Inexistencia de trabajos o actividad productiva en el predio, según
corresponda a la superficie y tipo de propiedad.
Ø Inexistencia de autorizaciones para actividades forestales, conservación y
protección de la biodiversidad, investigación o ecoturismo
Ø Incumplimiento de lo determinado en las autorizaciones para ejecutar las
actividades antes mencionadas
Ø En el SAN-TCO, tramitación de las referidas autorizaciones con
posterioridad a la resolución de inmovilización o en violación de normas
cautelares emitidas por autoridades competentes..
Consideración de Certificaciones o cualquier otro medio probatorio que de
cuenta de la dejación del bien, falta de ejercicio de la posesión e inexistencia de
actividad productiva en el bien.
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