domingo, 27 de enero de 2013

Metodología para el reconocimiento de cumplimiento de la F.E.S.

Forma de medición de parámetros de cumplimiento 

Para determinar el cumplimiento total o parcial de la función económico social, se recurrirá a una estimación expresada en porcentajes (convertida finalmente en superficie) y/o superficie formulada en base a los siguientes cálculos: PRIMER PASO.- Para efectos de estimar la superficie de cumplimiento de Función Económica y Social reconocida, deberá procederse a la sumatoria de los siguientes parámetros (cuando se verifique su existencia conforme a procedimiento): 
· Determinar aproximadamente la superficie con actividad productiva. 
· Superficie con uso distinto (Reserva del Patrimonio Natural, Superficie de proyección de crecimiento, que se obtiene de la siguiente manera:

Partiendo de la superficie obtenida en la mensura de Pericias de Campo, como área que actualmente cumple la FES, se le sumará un área equivalente al 50% tratándose de medianas propiedades ganaderas y 30% si se trata de empresa agropecuaria; restándose de la superficie resultante, la extensión ocupada por caminos, ríos y otras áreas de dominio público. De no obtenerse en el paso uno y dos el 100 % del predio medido, corresponderá a efectos de delimitar el área de reconocimiento con función económico social, proceder en vía complementaria a la ubicación y límites de la misma, sujeta en su caso a replanteo, para efectos de consolidación del derecho propietario. La superficie que incumple FES, será identificada como tierra fiscal disponible y se dispondrá en la etapa correspondiente a su inscripción en DD.RR a nombre del INRA o podrá ser titulada en favor del pueblo indígena demandante en el caso del SAN-TCO, siempre que sus necesidades espaciales no hayan sido satisfechas.

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